Foto Gentileza: nohuboderecho.blogspot.
Este Blog ha defendido siempre y defenderá la LIBERTAD DE EXPRESION, es una de las premisas, sin importar la IDEOLOGIA.
Así como critico duramente al Gobierno de C.F.K., también voy a criticar a quién se oponga a la Libertad de Expesión, sea quien sea.
La denuncia Penal de Clarín es un error que no se entiende. No se puede ser tan incapaz, ni siquiera en un «manotazo de aogado»
No me voy a remitir al pasado reciente entre el Gobierno y Clarín, pues no es el punto. ( pero si hay mucha tela para cortar, para hacer saber a los Argentinos, esta todo en Internet. )
Lo que no se puede permitir es:
1- Que se judicialice ( vaya a la justicia criminal, alguien que opina distinto. Hagan un juicio por calumnias e injurias, jamas un juicio por el fuero Penal. A mi desde el 2008, que sali a defender con este y otro blog mio contra la cencura en diferentes partes del mundo, ( Arabia Saudita, España con Space, etc., muchos etc., jamás vi tanta estupidez junta, como para hacerle un Juicio en el fuero Penal a periodistas que estan en su derecho de ser afinen o no al Gobierno )
2- Pedir que se REVELEN LAS FUENTES DE INFORMACION! en la denuncia. Y que cuando va a aclarar un abogado de Clarín, nos encontramos que era mejor: » Callarse, porque oscurece » Lo dicho grabado esta, lo escrito, escrito esta, PARA TODOS.
En lo personal, tengo todo el derecho como ciudadano Argentino, de opinar lo que quiera, como cualquier otro ciudadano.
A favor o en critico del gobierno o de lo que quiera. No se puede cercenar el derecho a opinar, al disentir. ( con respeto )
Y CLARIN, cometió un error inentendible, ya que se estaba convirtiendo en la imagen de la Libertad de Prensa.
Y se estrelló, increíblemente se estrelló en la credibilidad. ( No es que fuera muy creible, me refiero a el aladid que se había convertido de la Libertad de Prensa, si bien pocos recuerdan que el 7 de Diciembre del 2007 Nestor K. aprobó la fusión de Multical y Cablevisión )
Lo que escribo no quiere decir que este de acuerdo con el Gobierno de C.F.K. ( en lo más mínimo ) y su criterio sobre la «Libertad de Expresion», pero hoy le toca a Clarín hacerse cargo.
A mi, con 54 años, en una edad «bisagra» me toco vivir, como a muchos de mi edad una serie de hechos que nos venían dividiendo, y ahora vuelven.
Hoy solo les pido a mis conciudadanos que no nos ataquemos por pensar pensar distinto, solo úamosnos en función de nuestra Argentina querida.
No estoy del lado del Gobierno, de Clarín y de nadie.
Solo estoy del lado de mi querida bandera y mi patria.
Dado que Clarín no publica a esta hora ( 12.44 a.m. ) un fallo en su contra, procedo a publicar los artículos de LaNación y de Info News.
Cordialmente a TODOS LOS ARGENTINOS,
Marcial Candioti IV
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Masivo repudio a la denuncia penal de Clarín
La demanca penal contra Roberto Caballero, fundador de Tiempo Argentino, y los colegas Sandra Russo y Javier Vicente es por «incitación a la violencia» y «coacción agravada». La insólita querella criminal se basa en el «delito» de opinión de los acusados. Hasta el momento, más de 34 mil personas ya adherían a una solicitada en rechazo a la persecución de Magnetto contra los periodistas.
Según especialistas consultados por Tiempo Argentino, la denuncia entablada por el Grupo Clarín contra funcionarios, legisladores y periodistas no posee basamento jurídico que pueda derivar en un encuadre penal viable. Tampoco registra antecedentes a nivel nacional una demanda de un grupo periodístico por el delito de «incitación a la violencia colectiva», que persiga como fin último restringir la libertad de opinión de trabajadores de prensa o de medios de comunicación.
Asimismo –de acuerdo al artículo 68 de la Constitución Nacional– no podría achacársele a los miembros del gobierno, como los que menciona el escrito, el delito de coacción ni de incitación a la violencia, ya que sus opiniones se encuentran amparadas por una norma de rango constitucional. La demanda ni siquiera puede ser utilizada por el Grupo como antecedente o paso previo para generar un escenario jurídico favorable a una futura presentación en torno al cumplimiento de la Ley de Medios, ya que avanzaría por carriles independientes, y en fueros internacionales no son aceptados los reclamos por parte de empresas.
«Uno de los delitos invocados es el de amenazas, que implicaría forzar a alguien a hacer una acción y, en caso de no hacerlo, la amenaza de sufrir un mal inminente. Forzar al cumplimiento de una ley nunca puede ser tomado como una amenaza», explicó a este diario el constitucionalista Roberto Boico. «De esa manera, cualquiera que tenga un conflicto con una ley, podría contradenunciar al Estado por ejercer su facultad punitiva», ejemplificó el abogado.
Precisamente, toda la primera parte del alegato que presenta el escrito del Grupo Clarín se contrapone con el fin último de la medida, que solicita basada en opiniones vertidas, describieron fuentes judiciales que descartaron la viabilidad de la causa iniciada por el multimedios, que el juez Luis Rodríguez pidió que sea ratificada, para avanzar.
A su vez, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) argumentó que «nada se verifica» en los ejemplos aportados en la presentación del Grupo Clarín, acerca de lo que alude el artículo 212 del Código Penal, que refiere a una forma especial de intimidación, mediante la incitación a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones. «O sea, al empleo de fuerza física por parte de un conjunto al menos relativamente indeterminado de personas; es decir, se debe incitar a la violencia grupal», definieron.
La propia Cámara Federal registra antecedentes sobre valorar con un «criterio restrictivo» este tipo de delitos a raíz de la garantía constitucional que protege la libertad de expresión. En varios fallos, resguarda lo que puede entenderse como «la manifestación de una idea, en especial cuando esta es de naturaleza política», la que no debe ser confundida con un concreto llamado a la acción. «Lo que se procura es defender la libertad de expresión y también hacer viable la democracia deliberativa», indicó Boico.
«Ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador», reza el artículo 68 de la Constitución. La norma también impacta en el funcionariado del Poder Ejecutivo, mencionados en el escrito firmado por los abogados del multimedios, Hugo Wortman Yofre y Alejandro Pérez Chada. Una figura genérica como la de incitación a la violencia, sostuvieron los especialistas, debe agregar una carga de prueba específica sobre el riesgo que podrían acarrear los dichos. Es inédita en el ámbito jurídico nacional, ya que los antecedentes remiten a presentaciones de particulares contra el gobierno o del Ejecutivo contra un autor determinado o no, como fue el caso de la difusión de una imagen del secretario de Comercio Interior Guillermo Moreno en un féretro, posterior a la movilización del 13S.
En cuanto a la coacción agravada, que según el artículo 149 bis del Código Penal se produce cuando las amenazas se proponen obligar a otro a hacer algo contra su voluntad y limitan su capacidad de autodeterminación y su libertad, «ni siquiera es evidente que se hayan proferido», sostuvieron desde el CELS. «Es una estrategia exclusivamente mediática de presentarse como víctimas de una red compuesta por periodistas y legisladores sin base jurídica», opinó por su parte Boico.
El objetivo secundario de la denuncia tampoco subyace al escrito, más allá de postular una barrera en un eventual caso de ser acusados de encabezar delitos contra el orden constitucional. Se desliza en parte del escrito que sería el móvil detrás de las expresiones de periodistas y políticos. De alguna manera se pide la indagatoria de los señalados, pero no se los individualiza cuando se menciona a «los integrantes de La Cámpora, el Frente Transversal y el Movimiento Evita» como «los principales propaladores» de un supuesto mensaje que contiene los delitos denunciados. Es más, se señala que la enumeración de los acusados «no es taxativa». Este tipo de demanda tampoco sirve como un antecedente para acudir a fueros internacionales, uno de los caminos del multimedios para resistir la aplicación de la Ley de Medios. El escrito también presenta diversos contrasentidos en el orden argumentativo, que lo vuelve más confuso, y hasta se cita jurisprudencia de la película La última tentación de Cristo para argumentar.
FUENTE: http://www.infonews.com/2012/11/26/politica-49265-masivo-repudio-a-la-denuncia-penal-de-clarin-denuncia-de-clarin.php
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Ley de Medios: la Corte Suprema rechazó el pedido de Clarín para extender la cautelar
Al mismo tiempo, el tribunal exhortó a la Cámara Civil y Comercial Federal a que en un lapso perentorio resuelva el planteo del grupo empresario, que está pendiente a raíz de las dificultades para conformar la Sala Primera de ese tribunal
La Corte Suprema rechazó «in limine» el planteo del Grupo Clarín para que se extienda más allá del 7 de diciembre la vigencia de la medida cautelar que mantiene frenado el artículo 161 de la ley de Medios, es decir la «cláusula de desinversión».
Al mismo tiempo, el tribunal exhortó a la Cámara Civil y Comercial Federal a que en un lapso perentorio resuelva el planteo del grupo empresario, que está pendiente a raíz de las dificultades para conformar la Sala Primera de ese tribunal.
El Grupo Clarín denunció la semana pasada ante la Corte Suprema que el Gobierno lo está «privando de justicia» y planteó que el Poder Ejecutivo «deliberadamente obstruye» la posibilidad de la Cámara Civil y Comercial Federal de pronunciarse, lo que coloca a la empresa en una situación de denegación de justicia.
«No existe un tribunal independiente y legalmente constituido que resuelva sus reclamos», afirmó la empresa en un largo escrito, donde reseñó que el Gobierno ya logró separar a diez jueces en lo civil y comercial federal: provocó la renuncia de dos de ellos y la recusación y excusación de los restantes.
El Grupo Clarín recordó que la Justicia, en cinco oportunidades, llegó a la conclusión de que el tribunal competente para estudiar la demanda sobre la constitucionalidad de ley de medios es la Cámara Federal Civil y Comercial, y no, como pretendía el Gobierno, el fuero contencioso administrativo.
Sin embargo -alerta el escrito-, el Poder Ejecutivo busca con «artimañas» que el tema sea resuelto por otros jueces.
En ese marco, el ministro de Justicia, Julio Alak, calificó a la presentación de Clarín como «un intento para conseguir una cautelar eterna».
CONVENIO EN TRABAJO
En tanto, el ministerio de Trabajo firmó un convenio junto con la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) para garantizar el mantenimiento de las fuentes de trabajo de los medios que tengan que adecuarse a la ley de medios. La conferencia de prensa fue encabezada por el ministro de esa cartera, Carlos Tomada, el titular del Afsca, Martín Sabbatella, y el vocero presidencial, Alfredo Soccimarro.
FUENTE: LA NACION
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